Entradas

Mostrando entradas de agosto, 2020

Jurisprudencia.

Imagen
 Jurisprudencia: Explicación, aplicación en Guatemala y antecedentes para el uso de la Jurisprudencia en Guatemala. Explicación: Es la recopilación de sentencias y otras decisiones judiciales emitidas por las autoridades judiciales en un sistema legal particular en la misma línea. Como base del conocimiento del buen derecho, tiene un significado básico para evitar que la Corte trate una misma situación jurídica de manera diferente; esto es lo que se conoce como concepto unificador o universal. Se describe jurisprudencia como aquella que es replicada en más de una resolución por las autoridades judiciales del Estado (generalmente, la Corte Suprema o la Corte Superior de Justicia). Eso significa que es importante recordar cómo se implementaron en el pasado para conocer el contenido completo de la nueva normativa. Es decir, la jurisprudencia es la interpretación de principios jurídicos a partir de sentencias que resuelven casos con base en estos criterios. Estudiar las mejoras en la juris

Interpelación: Definición, Historia y Proceso en Guatemala.

Imagen
                                                       Interpelación.                                                                                                               Definición de interpelación: Existen muchas definiciones para la interpelación, pero tratando de unir entonces esas acepciones, podemos definir a la interpelación como el derecho constitucional que apoya a los diputados al Congreso de la República, de requerir a uno o varios ministros de Estado a personarse al pleno, a proveer explicación de las diferentes actividades de la administración de la política que son derivadas por ejercer el cargo. Antecedentes: La interpelación es la institución que tiene su origen en Francia, por medio de la Constitución de 1791, en donde dice conforme a su artículo 10: “Sección IV: Relación del Cuerpo legislativo con el Rey, 10. Los ministros del Rey podrán entrar en la Asamblea Nacional legislativa; tendrán un sitio fijado. - Serán oídos, todas las veces que lo soliciten, sobre

Breve análisis sobre si es posible o no la reformación del Artículo 281 de la Constitución Política de la República de Guatemala.

Imagen
Análisis de reforma sobre el Artículo 281 de la Constitución Política de la República de Guatemala. Considero que es menester resaltar el hecho de que se puede reformar, pero ésto no podría ser posible por el congreso de la república, pues se requiere de otro proceso mayor a lo que es la ley común. Entonces, para poder reformar este artículo, se tendría que hacer un órgano temporal que en este caso sería la Asamblea Nacional Constituyente, la cual fue la encargada de la creación de la Constitución. Sólo ese órgano gubernamental puede reformar a la Constitución. Entonces se tendría que hacer una consulta popular con todos los ciudadanos guatemaltecos para saber si están de acuerdo o no con esta reforma. Si en caso los pobladores guatemaltecos están de acuerdo con la reforma de este artículo, entonces se creará o invocará la Asamblea Nacional Constituyente para poder llevarlo a cabo.  Ahora el problema radica en que esta clase de proceso o solicitud conlleva al uso de un tiempo no establ

Estado, Nación, Gobierno; Constitución.

Imagen
Diferencia entre Estado, Nación y Gobierno.