Jurisprudencia.
Jurisprudencia: Explicación, aplicación en Guatemala y antecedentes para el uso de la Jurisprudencia en Guatemala.
Explicación:
Es la recopilación de sentencias y otras decisiones
judiciales emitidas por las autoridades judiciales en un sistema legal
particular en la misma línea. Como base del conocimiento del buen derecho,
tiene un significado básico para evitar que la Corte trate una misma situación
jurídica de manera diferente; esto es lo que se conoce como concepto unificador
o universal.
Se describe jurisprudencia como aquella que es
replicada en más de una resolución por las autoridades judiciales del Estado
(generalmente, la Corte Suprema o la Corte Superior de Justicia). Eso significa
que es importante recordar cómo se implementaron en el pasado para conocer el
contenido completo de la nueva normativa. Es decir, la jurisprudencia es la
interpretación de principios jurídicos a partir de sentencias que resuelven
casos con base en estos criterios.
Estudiar las mejoras en la jurisprudencia con el
paso del tiempo es la mejor manera de interpretar las tendencias en la
aplicación de la ley, incluso más específicamente que simplemente evaluar las
muchas enmiendas sustantivas que no se aplican con éxito en ciertos casos, a
pesar de su publicación.
En el derecho anglosajón son de gran trascendencia
porque los jueces deben hacer un análisis detallado de los precedentes, hechos
o pruebas que incriminan a una persona detenida sin vulnerar sus principales
derechos ni infringir sus sentencias judiciales.
La jurisprudencia es una fuente estructurada del
derecho continental, aunque su importancia y poder vinculante difieren
considerablemente de un país a otro. En otros casos, las decisiones de una
jurisdicción en particular no suelen ser vinculantes para los jueces
inferiores, excepto en algunas situaciones únicas en las que se estandarizan
los estándares de interpretación comunes sobre cuestiones de derecho únicas.
Como en el caso de las decisiones plenarias, los fallos de los tribunales
superiores suelen ser obligatorios para el uso de sentencias análogas en los
tribunales inferiores. en la constitución argentina). En el análisis final, las
decisiones de alto nivel no pueden de ninguna manera ser vinculantes para la
mayoría de los tribunales y como una opción en los estados con estas
estructuras legales, aunque parecen ser sustancialmente dogmáticas al
pronosticar futuras sentencias. e incluir motivos ante los tribunales
inferiores para una petición en particular.
En cualquier caso, el análisis de las decisiones no
nos da la medida exacta de la verdad de la ley, ya que las sentencias no se
cumplen ni se hacen cumplir en ocasiones y con fines distintos.
Esto es particularmente cierto cuando el poder judicial entra en conflicto con otras fuerzas del gobierno constitucional, como el ejecutivo y el legislativo, y aunque viola el concepto de separación de poderes, no parece completamente independiente de la ley y la sociedad mientras forma una teoría de la ley.
Basándose en el artículo 2 de la Ley del Organismo Judicial, se desprende que el estatuto es la fuente principal del estatuto, mientras que la jurisprudencia complementa la Ley de amparo, demostración personal y constitucionalidad en el artículo 43, que considera que las tres sentencias responden en línea. con la Construcción sin crear una autoridad normativa con base en el desarrollo de la jurisprudencia, además de establecer un precedente legal con el voto a favor de 4 jueces en apelación, actualmente la jurisprudencia es una táctica ideal para los desacuerdos con el fin de aclarar al tribunal de primera instancia, que tendrá lugar cuando el caso llegue al Tribunal Constitucional, o al Tribunal Supremo de Justicia.
En este momento, una fuerte tendencia es darle mayor importancia a la jurisprudencia porque está cambiando más rápidamente que las leyes como fuente formal del derecho y, como tal, como cuerpo legislativo en su momento, para enmendar, eliminar o establecer nueva legislación.
Breves Antecedentes históricos de la jurisprudencia para la aplicación en Guatemala:
Tuvo sus inicios en la Antigua Roma, que sirvió a nuestro concepto actual de la jurisprudencia, el cual fue dividido en cinco etapas: Arcaica, antigua, pre-clásica, clásica y post-clásica.
Pero a lo que llamamos jurisprudencia actualmente en el Estado de Guatemala, se tiene entonces como antecedente histórico a lo que se originó en Inglaterra y en Estados Unidos. De éste último es del cual Guatemala fue de quien recibió más influencia.
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